El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que prevé aplazar las obligaciones pendientes de Verifactu hasta octubre de 2028. Si facturas como autónomo, la pregunta útil es qué te cambia a ti, y la respuesta corta es que hoy no tienes que hacer nada urgente.
La respuesta larga tiene matices, porque el anuncio todavía no es ley.
Qué ha anunciado Hacienda
La nota habla de unificar en una sola fecha, octubre de 2028, las obligaciones de Verifactu que aún no han entrado en vigor. Esa fecha coincide con la de la factura electrónica obligatoria entre empresas para quienes facturan menos de 8 millones de euros al año.
Las empresas que facturan más de 8 millones tendrán la factura electrónica un año antes, en octubre de 2027.
El motivo que da Hacienda es hacer que los dos sistemas converjan, tanto en la norma como en lo técnico.
Qué fechas valen hoy
Mientras el cambio no se publique en el BOE, el calendario legal es el que aprobó el Real Decreto-ley 15/2025:
- 1 de enero de 2027 para las sociedades, es decir, quienes presentan el Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales, entre ellos los autónomos.
Las prórrogas anteriores se aprobaron con una norma con rango de ley. Lo previsible es que esta también necesite una, así que la fecha de 2028 no es definitiva hasta que aparezca publicada.
Qué no cambia
El aplazamiento mueve el calendario y nada más. Los requisitos técnicos del Real Decreto 1007/2023 siguen igual: los sistemas de facturación tienen que garantizar la integridad, la conservación, la accesibilidad, la legibilidad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros.
Según las fuentes que hemos consultado, los fabricantes de software de facturación ya debían comercializar programas adaptados desde el 29 de julio de 2025. El plazo que se mueve es el de quienes los usan, no el de quienes los hacen.
Verifactu tampoco desaparece. La nota dice que las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrían en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.
Lo que sí podría cambiar es el alcance. Según las fuentes, una vez alineados los calendarios, Hacienda prevé abordar otra modificación para acercar los ámbitos de aplicación y algunos aspectos técnicos, teniendo en cuenta la iniciativa europea ViDA. Esa segunda reforma todavía no tiene texto ni fecha.
Verifactu y factura electrónica no son lo mismo
Se confunden con facilidad porque ahora van a llegar juntos:
- Verifactu trata sobre cómo tu programa registra y protege cada factura que emites.
- La factura electrónica obligatoria trata sobre cómo se intercambian las facturas entre empresas, en un formato estructurado.
Una cosa no sustituye a la otra. Puedes cumplir una y no la otra.
Qué hacer si eres autónomo
No hace falta correr, pero tampoco conviene olvidarse. Tres cosas con sentido:
- Pregunta a tu proveedor de software. Si usas un programa de facturación, pídele por escrito cuándo tendrá su versión adaptada y si incluirá también la factura electrónica.
- No cambies de programa solo por este anuncio. Un cambio apresurado, con la fecha todavía sin confirmar, suele salir caro. Espera a ver el BOE.
- Habla con tu gestoría. Si trabajas con una (así trabajamos con gestorías en Kontaro), ella verá antes que tú qué exige la norma final y puede decirte si te toca algo concreto por tu actividad.
Si todavía facturas con Word, Excel o a mano, el aplazamiento te da margen para ordenar el proceso con calma. Pregunta a tu gestoría si tu forma de facturar queda dentro del ámbito de la norma.
Lo que seguiremos mirando
Hay dos cosas pendientes que cambiarían este artículo:
- La publicación del aplazamiento en el BOE y su redacción exacta.
- Los detalles de la factura electrónica, que se están desarrollando por separado.
Cuando haya novedades lo actualizaremos y cambiaremos la fecha de revisión que ves arriba. El resumen siempre al día está en nuestra guía de Verifactu.
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